RepÚblica bolivariana de Venezuela
Ministerio del poder popular para la educación
superior
U.n.e romulo gallegos
Aula móvil cue caracas
ETICA PROFESIONAL
Corte V sección 9 b.
PRINCIPIOS DE LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA
RELACIONADA CON LA CONSERVACIÓN DE LA SALUD.
INTEGRANTES:
Barrios Yuliana. C.I:
19.155.430.
Guerra Yoleida. C.I:
18.221.025.
Guerrero Virginia. C.I:
14.141.145.
Guzman Gabriela. C.I: 18.830. 894
Guzman Gabriela. C.I: 18.830. 894
Pacheco Andreína. C.I:
20.132.809.
Sandoval Yanire. C.I:
15.930.298.
CARACAS, FEBRERO 2014.
INDICE
Pág.
Pág.
1.
Portada……………………………….………………………….….1
2.
Índice…………………………………………….…………......…...2
3.
Introducción………………………………………………....……….3
4.
Dilemas Éticos…………………………………….................…….....4
5.
Principales
Principios…………………………………............………5
6.
Variados
Dilemas Éticos……………………………...........………...5
7.
Criterio Para
la Toma de Decisiones……………..................…….….6
8.
Mística en el
Ejercicio Profesional de Enfermería…............……..……7
9.
Secreto Profesional……………………………………………...…...8
10. ¿Que implica saber un secreto profesional de
enfermería?....................10
11. Responsabilidad Legal en el Ejercicio de Enfermería………......…..…11
12. Figuras Jurídicas aplicables en la práctica de
enfermería….…….….....11
13. Sanciones………………………………….................……….…..…13
14. Conclusión……………………………………………...……...…….16
15. Bibliografía…………………………………………..................…….17
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo expondremos los
dilemas éticos de enfermería, el secreto profesional y las sanciones que se
utilizan para penalizar cualquier falta en la que haya incurrido el profesional
de enfermería. El dilema ético lo definimos muy brevemente como la
contradicción entre dos opciones posible ya sea por acción o por omisión, que
enfrentan dos valores morales distinto al profesional. Para poder elegir una
decisión oportuna es necesario contar con los principios de: No Maleficencia, Beneficencia, Justicia, Autonomía.
En la labor diaria de enfermería nos
encontramos con diversos dilemas éticos entre ellos están: La Eutanasia, La
Ortotanasia, La Distanasia y La Eufenesia, para poder manejar esto en nuestro día
a día es necesario saber acerca de los criterios de las toma de decisiones: Santidad de la vida, Promoción de la Salud,
Tomar decisiones
bajo Dolor y Estrés y Dignidad
de la persona, las cuales más adelante se desarrollaran sus conceptos y sabremos de
donde proviene el saber tomar las medidas necesarias y fundamentales en
cualquier situación que se nos presente en la práctica de nuestra profesión.
La
mística en el ejercicio profesional de enfermería no es más que la actuación
del profesional de enfermería de una manera más humanista, empática, en donde
actuemos con los principios éticos de la profesión y con espiritualidad. El
secreto Profesional de enfermería es inherente a la profesión y se define como la
confidencialidad de alguna información que se le proporciona a alguna persona
esperando su discreción, también estudiaremos y encontraremos ¿Qué implica
guardar un secreto profesional?, veremos la responsabilidad legal que presenta
el profesional de enfermería a través de las figuras jurídicas (negligencia,
imprudencia, impericia, inobservancia u omisión) y las sanciones que se le
imputa a los profesionales al actuar de la manera contraria que dicta la ley.
DILEMAS ETICOS
Es
cuando existe contradicción entre dos opciones posible ya sea por acción o por
omisión, que enfrentan dos valores morales distinto al profesional. Ej: Ella
preserva la vida y alivia el sufrimiento, o de éste y el paciente. Ej: Denuncia
de malos tratos frente al deseo del paciente de ocultarlos.
Este
tipo de situaciones resultan siempre difíciles de resolver. Así por ejemplo
ante problemas como el aborto o la anticoncepción, el asesoramiento genético,
la recogida de muestra del ADN, los abusos sexuales y los malos tratos, la
petición del paciente de suspensión de un tratamiento, las órdenes de no
reanimación, la donación de órganos o la solicitud de confidencialidad no
debida o de Eutanasia, el profesional de enfermería a veces se encuentra ante
la necesidad de tener que optar entre sus propias convicciones morales, el
deseo de los pacientes y en algunos casos las normativas éticas legal vigente.
Ante
este tipo de situaciones, lo primero que conviene hacer es delimitar el conflicto,
si es preciso, sometiendo el estudio del caso a otro colega o profesional de la
salud o al comité de ética de la institución donde se trabaje, para valorar las
circunstancias individuales del paciente y los motivos que le llevan a tomar la
actitud que provoca el dilema, y confrontar dicha actitud en el código
deontológico de la profesión.
A
partir de este análisis se debe plantear las alternativas éticas y legalmente
posibles al paciente informándole de la postura al respeto de la institución,
el equipo interdisciplinar o el propio profesional como individuo, y permitirle
la libre elección de la opción que desee.
Si
con todo el conflicto persiste, el profesional de enfermería deberá regir su
actuación por la normativa vigente en la institución y el país en los que
desarrolla su trabajo, sino entra en conflicto con sus convicciones personales,
pudiendo acogerse en este último caso por ejemplo: “Cuando una actuación
determina, no vital, esté aceptada institucionalmente pero prescrita por la
creencia religiosa del enfermero o la enfermera”, a la objeción de conciencia,
basada en criterios técnicos y morales, y siempre que con ello no transgreda
algún principio básico de la profesión ni ponga en riesgo la salud con la vida
del paciente.
Los
principales principios que son de gran importancia al momento de tomar una decisión
ética:
Principio de no maleficencia: evitar hacer daño, es decir, no producir lesiones
en la integridad del paciente que no sean estrictamente terapéuticas.
Principio de beneficencia: obrar en busca del bien del enfermo en términos
terapéuticos, es decir hacer el bien y evitar el mal.
Principio de justicia: exige tratar a todas las personas con la misma
consideración, sin discriminación por sexo, raza, ideología, edad, etc.
Principio de autonomía: respetar la decisión del paciente frente a la toma
de decisiones acerca de su situación actual de salud.
En la labor diaria el profesional
de enfermería se encuentra enfrentado a diversos y variados dilemas éticos
especialmente cuando el paciente se encuentra en estado crítico. Entre los más
frecuentes:
La Eutanasia:
Es la acción u omisión de
aplicación de un tratamiento que acelera la muerte de
un paciente desahuciado con
la intención de evitar sufrimientos. El concepto está asociado a la muerte sin sufrimiento físico
La
eutanasia puede ser activa o pasiva, la primera hace referencia a producir o
acelerar el fallecimiento de una persona mediante una determinada acción; y la
segunda, a omitir una terapia que debe ser aplicada la cual prolongaría la vida
del paciente.
La Ortotanasia: Designa la actuación correcta
ante la muerte por parte de quienes atienden al que sufre una enfermedad
incurable o en fase terminal.
Por extensión se entiende como el derecho del paciente a morir dignamente, sin el
empleo de medios desproporcionados y extraordinarios para el mantenimiento de
la vida. En este sentido se deberá procurar que ante enfermedades incurables y
terminales se actúe con tratamientos paliativos para evitar sufrimientos,
recurriendo a medidas razonables hasta que la muerte llegue.
La ortotanasia se distingue de la eutanasia en
que la primera nunca pretende deliberadamente el adelanto de la muerte del
paciente.
La Distanasia: es el prolongamiento artificial de la vida de un
paciente en estado terminal, pues se considera como prioritario recuperar la
salud del paciente a toda costa, con todos los medios posibles. A veces estos
métodos son desproporcionados, sin tener en cuenta el bienestar y comodidad del
paciente y por eso, se conoce esta práctica como obstinación terapéutica,
refiriéndose a la apatía de los médicos ante el sufrimiento del paciente.
La
Eufenesia: Es la aplicación al
ser humano de cualquier fármaco para curar enfermedades de origen genético.
CRITERIO PARA LA TOMA DE DECISIONES
Santidad de la vida: Preservación del principio de santidad de la vida
humana guiará al personal a tratar de cualquier forma y a cualquier precio, ya
que el principio sobre el cual las enfermeras han sido educadas es el código
moral que cree en respeto hacia la vida humana. La preservación de la vida es
un mandamiento moral absoluto y por lo cual, según Kant, la enfermera debe
forzar al paciente hacer tratado. Tradicionalmente el principio de santidad de
la vida apoya la idea que la vida debe ser prolongada a todo costo
Promoción de la Salud: es el proceso que permite a las
personas incrementar el control sobre su salud para mejorarla[ y que se dedica a
estudiar las formas de favorecer una mejor salud en la población. La definición
dada en la histórica Carta de Ottawa de
1986 es que la promoción de la salud "consiste en proporcionar a la gente los medios
necesarios para mejorar la salud y ejercer un mayor control sobre la
misma"
Tomar decisiones bajo Dolor y Estrés: Es la respuesta del cuerpo a condiciones externa que perturba el
equilibrio emocional de las personas y lo pueden llevar en algún momento a
tomar decisiones erróneas o erradas hacerca de su propia vida.
Dignidad de la persona: es el respeto básico elementar hacia otra persona
sin importar su idea o su situación, es un derecho que posee todos los humanos.
MISTICA en el ejercicio de la
enfermeria
Esta
profesión inminentemente humanista es decir, que se preocupa del hombre del
punto de vista holístico integral que cumple con alguna característica que se
aprecia claramente y otras no tanto, siendo inminentemente una profesión de
servicio a la comunidad, de carácter colectivo que posee un conocimiento
adecuado para la ejerción de éste.
El
rol profesión de la enfermera es el conjunto de comportamiento, habilidades,
actitudes y valores que la sociedad espera de estas profesionales, centrándose
en el cuidado de las vidas humanas a través de todas las etapas de la vida del
individuo, sin dejar de lado la atención a la comunidad y familia, este rol se
caracteriza por: Ser Humanitario, Tener Empatía, Principios Éticos y
Espiritualidad.
Ser
Humanitario: Se aplica a la persona que siente afecto, comprensión o compasión
hacia los demás, lo que le lleva a actuar con bondad y solidaridad hacia ellos. Que se
dedica a prestar auxilio y ayuda a personas necesitadas.
Empatía:
Es
la capacidad
cognitiva de percibir, en un contexto común, lo que otro individuo puede sentir.
También es descrita como un sentimiento de participación afectiva de una
persona en la realidad que afecta a otra. En pocas palabras y siendo
coloquiales es “colocarse en los zapatos de otra persona”.
Principios
Éticos: Los principios son reglas o normas que
orientan la acción de un ser humano. Se trata de normas de carácter general,
máximamente universales, como, por ejemplo: amar al prójimo, no mentir,
respetar la vida, etc. y en el caso de enfermería son: No maleficencia,
Beneficencia, Autonomía, Justicia, Privacidad, Honradez; Puntualidad,
Transculturidad.
Espiritualidad: El concepto de
espiritualidad se referiere al vínculo entre el ser humano y Dios o una divinidad. La religión suele ser el nexo
que permite desarrollar esta relación. Puede decirse que los sacerdotes, los
pastores y diversos gurúes, por lo tanto, hablan de espiritualidad cuando
tratan asuntos religiosos.
SECRETO PROFESIONAL
Según Larousse Diccionario (2001).
Se entiende como secreto profesional aquello
que se mantiene oculto a los demás y surge del ejercicio de la profesión, es
decir, en el caso de las profesiones sanitarias, de la comunicación
privilegiada profesional de salud-paciente, por lo que constituye una
obligación moral para el profesional de salud guardar en secreto las
confidencias conocidas en el ejercicio de la profesión.
Es la confidencialidad de alguna información que se le proporciona a
alguna persona esperando su discreción, en pocas palabras, es algo oculto, escondido y separado del
conocimiento de los demás que el
profesional de salud o de enfermería
debe salvaguardar para la protección, amparo y honor del usuario. Este secreto
profesional se encuentra sustentado legalmente en el Código Deontológico de
Enfermeras de Venezuela en su Título III
Capítulo VI y en La Ley Del Ejercicio Profesional de la Enfermería Capitulo V
Del Secreto Profesional.
EXISTEN TRES CLASES DE SECRETOS
El secreto natural: Es
independiente de todo contrato, se
extiende a todo lo que, ya sea descubierto por casualidad, por investigación personal
o por confidencia, y no puede divulgarse. Aunque el depositario del secreto no
haya prometido guardar secreto, ni antes ni después de habérsele manifestado el
hecho o de haberlo descubierto, está obligado a callar, en virtud del precepto
moral que prohíbe perjudicar a los demás sin motivo razonable.
El secreto prometido: Nace de
un contrato, de la promesa de guardar silencio después de haber conocido el
hecho, ya sea por casualidad, por investigación personal o por confidencia
espontánea o provocada. Un mismo secreto puede ser a la vez natural y
prometido. Será natural cuando la cosa de suyo requiera sigilo, pero si además
va acompañado de una promesa, también será prometido.
El secreto confiado: También
dimana de una promesa explícita o tácita hecha antes de recibir la confidencia
de lo que se oculta. Se le comunica que previamente ha prometido, expresa
tácitamente por la razón de su oficio o al menos de las circunstancias, guardar
silencio, y le es participado lo que se mantenía oculto, añadiendo que se le
revela confiado en su promesa bajo el sello del secreto. El secreto pasa
entonces a ser estrictamente confidencial o profesional; confidencial, cuando
la confidencia se ha hecho a un hombre que
está obligado por razón de su oficio a prestar ayuda o a dar consejo.
Profesional cuando se ha confiado, ya de palabra, ya en sus acciones, a un
hombre a quien su profesión obliga a asistir a los demás con sus consejos o
cuidados, por ejemplo: abogado, contador, médico, sacerdote, consejeros de
oficio.
¿Que
implica saber un secreto profesional de enfermería?
1.
Todo aquello que llegare a
conocimiento profesional de enfermería no podrá darse a conocer, el secreto es
inviolable. Sin embargo no hay violación cuando incurra en los siguientes
casos:
Cuando la revelación se hace por mandato
de la ley.
Cuando la persona autoriza al o la
profesional de la enfermería para que la revele.
Cuando
él o la profesional de la enfermería hace la denuncia de los casos de
enfermedades de obligatoria notificación de que tenga conocimiento, ante las
autoridades competentes.
Cuando
se trate de salvar la vida de una persona.
Cuando,
en el desarrollo de un proceso judicial, se trate de impedir la condena de un
inocente.
2.
El
Secreto profesional es inseparable al ejercicio de enfermería.
3.
El secreto debe guardarse por el o
la profesional de enfermería aun después de la muerte del enfermo, a menos que
este antes de morir haya autorizado el
mismo para que lo realizara.
4.
El profesional de enfermería velara
por la confidencialidad de la historia clínica impidiendo ser leída por el
usuario, familia o persona ajena de
salud.
5.
El profesional de enfermería no
revelará ningún diagnóstico médico aunque este presionada por familiares u
amigos del usuario.
El
desempeño de los profesionales de enfermería implica un acto grado de
responsabilidad, que debe realizarse de forma competente y segura, debido a que
la enfermera es responsable de sus actos, en caso de producirse un daño de
forma innecesaria porque la profesión es autónoma.
RESPONSABILIDAD
LEGAL EN EL EJERCICIO DE ENFEMERÍA
Consiste en la obligación que
tienen los profesionales de enfermería de responder por las acciones u
omisiones que dentro de la práctica de enfermería, ocasionen un daño al enfermo
a su vida o a su salud; a los bienes de la Institución; o bien incumplan con
las funciones inherentes al cargo que desempeñan derivadas de la relación laboral,
por haber actuado con negligencia,
imprudencia, impericia, inobservancia de los Reglamentos, u omisión.
En el tema se trata lo referente
a las normas Constitucionales y Legales que tienen aplicación en la práctica de
Enfermería, así como también la importancia que tiene la Convención de los
Derechos Humanos y su aplicación en el ejercicio de Enfermería. Por tal motivo
se desarrollan las figuras jurídicas o supuestos de hecho que no son más
que las actuaciones u omisiones realizadas por los profesionales de enfermería
que producen un daño a la vida o salud del enfermo o usuario, contra viniendo
la diligencia, la prudencia y la pericia que se debe tener al ejercer la
profesión.
FIGURAS JURÍDICAS
APLICABLES A LA PRÁCTICA
ENFERMERÍA
Las
Figuras Jurídicas se consideran como los supuestos legales dentro de los
cuales, pueden en marcarse aquellas actuaciones profesionales que al ser
contrarias a la Ley, han producido un daño a una persona, a los bienes de la
institución, a su nombre y también, cuando existe un mal desempeño
profesional en los deberes que deben cumplir las enfermeras (os) de
acuerdo al cargo que nominalmente desempeñan.
Negligencia: Consiste en dejar de hacer lo que es un deber dentro de la práctica de
enfermería. Ejemplo: Incumplimiento de ordenes médicas , error en la
administración de medicamentos, acciones de enfermería que ocasione perjuicios
al enfermo, delegación al personal auxiliar de enfermería en la administración
de medicamentos y sustancias como psicotrópicas, incumplimiento de las medidas
de seguridad que traigan como consecuencias caídas, quemaduras y cualquier tipo
de lesión que produzca en el paciente incapacidad o la muerte, delegar en los
estudiantes de enfermería actividades que son competencias del profesional de
enfermería o sin la debida vigilancia de éstos y sin la presencia del docente.
Imprudencia: Consiste en la realización de una actuación que excede la competencia
de enfermería, basada en la confianza de práctica profesional relacionada con
el enfermo. General mente la Imprudencia se fundamenta en exceso de
confianza de la enfermera (o) derivado a la rutina en el desempeño
laboral.
Impericia: Consiste en no aplicar los conocimientos teóricos y prácticos a las
actuaciones realizadas dentro de la práctica de enfermería. La impericia
adquiere mayor relevancia por el desconocimiento de principios teóricos y
prácticas que pueden ocasionar un daño o perjuicio grave (incapacidad
parcial o permanente, pérdida de un miembro y hasta la muerte) al usuario.
Inobservancia de los Reglamentos, Ordenes o Instrucciones: Consiste en la ignorancia
o desconocimiento de normas que rigen una determinada conducta dentro de la
práctica de enfermería. a la institución, o que se incurra en
incumplimiento de los deberes de la relación laboral, o se produzca
un daño al paciente. Ejemplo: Las enfermeras (os) quirúrgicas ignoran la
existencia de un Reglamento del MPPPS que rige las actividades del área
quirúrgica y de cada uno de los miembros que integra el equipo quirúrgico. En
caso de llegar a producir un daño al usuario, el citado Reglamento servirá de
base para establecer la responsabilidad de los presentes en la
intervención sin que pueda alegar en su defensa que, su inobservancia se debió
al desconocimiento del mismo.
Omisión: Consiste en no realizar una actuación oportuna en caso de emergencia
para evitar u daño mayor, por no ser competencia de la práctica de
enfermería. En la práctica de enfermería es muy complejo determinar
jurídicamente la existencia de una conducta omisiva, si el profesional de
enfermería realiza un acto que exceda de su competencia y se produce un daño
podría incurrir en una conducta imprudente, pero si omite realizar el
procedimiento y esa conducta omisiva desencadena una lesión o la muerte al enfermo,
podría ser acusado por omisión.
SANCIONES
Se
denomina sanción a la consecuencia o efecto de una conducta que
constituye a la infracción de una norma jurídica. Dependiendo del
tipo de norma incumplida o violada, puede haber sanciones penales o penas; sanciones disciplinarias y sanciones administrativas.
Sanción Disciplinaria:
Según la Ley del Ejercicio Profesional de La
enfermería en su Capítulo VIII de las sanciones articulo 28 refleja que
las sanciones disciplinarias son penadas de las siguientes formas:
1. Amonestación
escrita.
2. Exclusión o
privación de honores, derechos y privilegios de carácter gremial o profesional.
Son competentes para la
aplicación de las sanciones disciplinarias, los Tribunales Disciplinarios de
los Colegios de Profesionales de la Enfermería, y de la Federación de Colegios
de Profesionales de la Enfermería, de acuerdo con las disposiciones previstas
en esta Ley y en su Reglamento. (Ley del Ejercicio Profesional de La enfermería
en su Capítulo VIII de las sanciones Art. 31)
Sanción
Administrativa:
Según la Ley del Ejercicio Profesional de La
enfermería en su Capítulo VIII de las sanciones articulo 29 refleja que
las sanciones administrativas son penadas de las siguientes formas:
1. Multa de diez
unidades tributarias (10 U.T.) a cincuenta unidades tributarias (50 U.T.).
2. Suspensión del
ejercicio profesional de la enfermería hasta por dos años.
Son competentes para la
aplicación de las sanciones administrativas, el Ministro con competencia en
materia de salud, o el funcionario a quien éste autorice expresamente mediante
resolución especial. (Ley del Ejercicio Profesional de La
enfermería en su Capítulo VIII de las sanciones Art. 32)
En otro aspecto: Las
sanciones disciplinarias y las administrativas se aplicarán sin
perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que haya lugar, como consecuencia de la
acción, omisión, impericia, imprudencia o negligencia en el ejercicio
profesional. (Ley del Ejercicio Profesional de La enfermería en su Capítulo VIII de
las sanciones
Art. 30).
Las Sanciones
Penales:
Perdida de la Libertad.
Suspensión del Cargo.
La aplicación de alguna de
estas sanciones penales estará a cargo de un Organismo de Justicia del Estado y
se dictará la sentencia necesaria rigiéndose del Código Penal Venezolano.
La Ley del Ejercicio
Profesional de La enfermería en su Capítulo VIII de las sanciones Articulo 33 expresa: “El Colegio de Profesionales de la
Enfermería al tener conocimiento sobre infracciones de las disposiciones
contenidas en esta Ley, así como de las normas de ética profesional, lo
remitirá al Tribunal Disciplinario respectivo, el cual procederá a la apertura
de una investigación a los efectos de establecer la responsabilidad del caso. Cuando
el resultado de la investigación concluya con la existencia de indicios de responsabilidad penal, el
Tribunal Disciplinario deberá remitir el expediente correspondiente a las
autoridades competentes. En todo caso, el procedimiento a
seguir deberá quedar claramente establecido en el Reglamento de esta Ley,
aprobado por la Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de
Venezuela”.
Artículo 34.- A los reincidentes podrá imponérseles
hasta el doble de la sanción prevista en el artículo 29 de esta Ley.
¿Quiénes También pueden ser Sancionados?
Quienes ejerzan ilegalmente la profesión de
enfermería sin cumplir los requisitos establecidos en la ley.
Los o las profesionales de la enfermería
que incurran en infracciones al Código de Ética, al honor, a la verdad o a la
disciplina profesional.
Los o Las profesionales que se nieguen a cancelar la
multa prevista en el artículo 29 de la Ley del ejercicio Profesional De La
Enfermería.
Quienes se anuncien como profesionales de la
enfermería o se atribuya ese carácter sin serlo.
CONCLUSIÓN
En conclusión, es de gran importancia como profesionales
de la salud saber los dilemas éticos a los cuales podemos estar expuestos cada
día de nuestra labor como miembros participantes en la recuperación de los
usuarios. Debemos saber cómo manejar estas situaciones de la manera más
apropiada y entender como sobrellevarlas. Los enfermeros debemos siempre
aumentar nuestra empatía con los usuarios pero respetando los límites
necesarios, evitando así el exceso de confianza usuario-profesional.
Tenemos que comprometernos a instruirnos en cuales son y
no son las competencias de nuestra labor, porque podemos afectar la vida de un
paciente y la nuestra propia. Analizar y leer las leyes que nos rigen como La
Ley del Ejercicio Profesional de La Enfermería, El código Deontológico de
Enfermeras y también El Código Penal Venezolano que nos demuestran que tipos de
sanciones existen y cuales serian las supuestos legales por el cual nos juzguen
(negligencia, imprudencia, impericia, inobservancia u omisión) que son
prácticas contrarias y son severamente castigadas por la ley.
BIBLIOGRAFIA
Fernández, M.; López, L. y Méndez, L. Manual de
Enfermería (ed. 2008). Madrid-
Barcelona.
Comité Ejecutivo de la Federación de Colegios de
Enfermeras de Venezuela. Código Deontológico de Enfermeras de Venezuela (ed.
2006) Venezuela- Caracas.
Ley del Ejercicio Profesional de la Enfermería. (2005)
Venezuela- Caracas.
Revista de Enfermería. (2007). [Pagina web en línea].
Disponible en: http://www.encolombia.com/medicina/enfermeria/REVISTA10_2_2007/Dilemas_y_Toma_decisiones.htm.
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http://definicion.de/eutanasia/. Consultado: Enero 2014.
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Consultado: Enero 2014.
Tanatopedia (2013). [Pagina web en línea]. Disponible
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http://es.tanatopedia.net/index.php/Distanasia. Consultado: Enero 2014.
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http://html.rincondelvago.com/enfermeria-profesional.html. Consultado: Enero
2014.
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http://yolandacoraspe.blogspot.com/2013/02/responsabilidad-legal-en-el-ejercicio.html.
Consultado Enero 2014.
Wikipedia (2013) [Pagina web en línea]. Disponible en:
http://es.wikipedia.org/wiki/Sanci%C3%B3n_(Derecho). Consultado: Enero 2014.
Saludos aquí les dejo el trabajo de mi grupo! Andreína Pacheco ♥
ResponderEliminarhola soy leidi ruiz gracias estuvo muy interesante ese tema y la dinámica que emplearon tambien
EliminarAna Duran. Me encanto este aprendizaje ya q me ayudara en mi ambito profesional.
ResponderEliminarJavier torrealba prefesora megusto trabajar con usted y le doy gracias por ser como es toda una estrella
ResponderEliminarRosbeily arraiz exelente exposicion quedo muy bien nuestra dinamica,y gracias a la licda estrella x su grandiosa valor besos!!
ResponderEliminarMe gusto el trabajo muy buena exposicion exelente muchachos exito en su carrera. Marisel lira
ResponderEliminarLady Angarita. Me encanto el trabajo y sobre todo la exposicion Dios bendiga a la profe x tatntoo aprendizaje
ResponderEliminarYoconi Solis. Me parecio excelente trabajo, en compañia de mis otras compañeras de equipo
ResponderEliminarMarisela Pacheco, me parecio muy buena idea y seguir adelante con los erstudios
ResponderEliminarExcelente dinamica de grupo, gracias a la tutora por todas las recomendaciones para la elaboracion de la exposicion
ResponderEliminarSoy yubeisy exelente tema me gusto mucho la dinamica
ResponderEliminarMuy buena la expocision y buens la dinamica.
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