domingo, 16 de marzo de 2014

PRINCIPIOS DE LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA RELACIONADA CON LA CONSERVACIÓN DE LA SALUD.

RepÚblica bolivariana de Venezuela
Ministerio del poder popular para la educación superior
U.n.e romulo gallegos
Aula móvil cue caracas
ETICA PROFESIONAL
Corte V sección 9 b.





PRINCIPIOS DE LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA RELACIONADA CON LA CONSERVACIÓN DE LA SALUD.






INTEGRANTES:


Barrios Yuliana. C.I: 19.155.430.
Guerra Yoleida. C.I: 18.221.025.
Guerrero Virginia. C.I: 14.141.145.
Guzman Gabriela. C.I: 18.830. 894
                                           Pacheco Andreína. C.I: 20.132.809.
Sandoval Yanire. C.I: 15.930.298.







CARACAS, FEBRERO 2014.


INDICE
                                                                                                  Pág.
1.      Portada……………………………….………………………….….1
2.      Índice…………………………………………….…………......…...2
3.      Introducción………………………………………………....……….3
4.      Dilemas Éticos…………………………………….................…….....4
5.      Principales Principios…………………………………............………5
6.      Variados Dilemas Éticos……………………………...........………...5
7.      Criterio Para la Toma de Decisiones……………..................…….….6
8.      Mística en el Ejercicio Profesional de Enfermería…............……..……7
9.      Secreto Profesional……………………………………………...…...8
10.  ¿Que implica saber un secreto profesional de enfermería?....................10
11.  Responsabilidad Legal en el Ejercicio de Enfermería………......…..…11
12.  Figuras Jurídicas aplicables en la práctica de enfermería….…….….....11
13.  Sanciones………………………………….................……….…..…13
14.  Conclusión……………………………………………...……...…….16
15.  Bibliografía…………………………………………..................…….17

INTRODUCCIÓN

En el presente trabajo expondremos los dilemas éticos de enfermería, el secreto profesional y las sanciones que se utilizan para penalizar cualquier falta en la que haya incurrido el profesional de enfermería. El dilema ético lo definimos muy brevemente como la contradicción entre dos opciones posible ya sea por acción o por omisión, que enfrentan dos valores morales distinto al profesional. Para poder elegir una decisión oportuna es necesario contar con los principios de: No Maleficencia,  Beneficencia, Justicia, Autonomía.
 En la labor diaria de enfermería nos encontramos con diversos dilemas éticos entre ellos están: La Eutanasia, La Ortotanasia, La Distanasia y  La Eufenesia, para poder manejar esto en nuestro día a día es necesario saber acerca de los criterios de las toma de decisiones: Santidad de la vida, Promoción de la Salud, Tomar decisiones bajo Dolor y Estrés y Dignidad de la persona, las cuales más adelante se desarrollaran sus conceptos y sabremos de donde proviene el saber tomar las medidas necesarias y fundamentales en cualquier situación que se nos presente en la práctica de nuestra profesión.
La mística en el ejercicio profesional de enfermería no es más que la actuación del profesional de enfermería de una manera más humanista, empática, en donde actuemos con los principios éticos de la profesión y con espiritualidad. El secreto Profesional de enfermería es inherente a la profesión y se define como la confidencialidad de alguna información que se le proporciona a alguna persona esperando su discreción, también estudiaremos y encontraremos ¿Qué implica guardar un secreto profesional?, veremos la responsabilidad legal que presenta el profesional de enfermería a través de las figuras jurídicas (negligencia, imprudencia, impericia, inobservancia u omisión) y las sanciones que se le imputa a los profesionales al actuar de la manera contraria que dicta la ley.

DILEMAS ETICOS
Es cuando existe contradicción entre dos opciones posible ya sea por acción o por omisión, que enfrentan dos valores morales distinto al profesional. Ej: Ella preserva la vida y alivia el sufrimiento, o de éste y el paciente. Ej: Denuncia de malos tratos frente al deseo del paciente de ocultarlos.
Este tipo de situaciones resultan siempre difíciles de resolver. Así por ejemplo ante problemas como el aborto o la anticoncepción, el asesoramiento genético, la recogida de muestra del ADN, los abusos sexuales y los malos tratos, la petición del paciente de suspensión de un tratamiento, las órdenes de no reanimación, la donación de órganos o la solicitud de confidencialidad no debida o de Eutanasia, el profesional de enfermería a veces se encuentra ante la necesidad de tener que optar entre sus propias convicciones morales, el deseo de los pacientes y en algunos casos las normativas éticas legal vigente.
Ante este tipo de situaciones, lo primero que conviene hacer es delimitar el conflicto, si es preciso, sometiendo el estudio del caso a otro colega o profesional de la salud o al comité de ética de la institución donde se trabaje, para valorar las circunstancias individuales del paciente y los motivos que le llevan a tomar la actitud que provoca el dilema, y confrontar dicha actitud en el código deontológico de la profesión.
A partir de este análisis se debe plantear las alternativas éticas y legalmente posibles al paciente informándole de la postura al respeto de la institución, el equipo interdisciplinar o el propio profesional como individuo, y permitirle la libre elección de la opción que desee.
Si con todo el conflicto persiste, el profesional de enfermería deberá regir su actuación por la normativa vigente en la institución y el país en los que desarrolla su trabajo, sino entra en conflicto con sus convicciones personales, pudiendo acogerse en este último caso por ejemplo: “Cuando una actuación determina, no vital, esté aceptada institucionalmente pero prescrita por la creencia religiosa del enfermero o la enfermera”, a la objeción de conciencia, basada en criterios técnicos y morales, y siempre que con ello no transgreda algún principio básico de la profesión ni ponga en riesgo la salud con la vida del paciente.
Los principales principios que son de gran importancia al momento de tomar una decisión ética:
*      Principio de no maleficencia: evitar hacer daño, es decir, no producir lesiones en la integridad del paciente que no sean estrictamente terapéuticas.
*      Principio de beneficencia: obrar en busca del bien del enfermo en términos terapéuticos, es decir hacer el bien y evitar el mal.
*      Principio de justicia: exige tratar a todas las personas con la misma consideración, sin discriminación por sexo, raza, ideología, edad, etc.
*      Principio de autonomía: respetar la decisión del paciente frente a la toma de decisiones acerca de su situación actual de salud.
En la labor diaria el profesional de enfermería se encuentra enfrentado a diversos y variados dilemas éticos especialmente cuando el paciente se encuentra en estado crítico. Entre los más frecuentes:
*      La Eutanasia: Es la acción u omisión de aplicación de un tratamiento que acelera la muerte de un paciente desahuciado con la intención de evitar sufrimientos. El concepto está asociado a la muerte sin sufrimiento físico
La eutanasia puede ser activa o pasiva, la primera hace referencia a producir o acelerar el fallecimiento de una persona mediante una determinada acción; y la segunda, a omitir una terapia que debe ser aplicada la cual prolongaría la vida del paciente.
*      La Ortotanasia: Designa la actuación correcta ante la muerte por parte de quienes atienden al que sufre una enfermedad incurable o en fase terminal.
Por extensión se entiende como el derecho del paciente a morir dignamente, sin el empleo de medios desproporcionados y extraordinarios para el mantenimiento de la vida. En este sentido se deberá procurar que ante enfermedades incurables y terminales se actúe con tratamientos paliativos para evitar sufrimientos, recurriendo a medidas razonables hasta que la muerte llegue.
La ortotanasia se distingue de la eutanasia en que la primera nunca pretende deliberadamente el adelanto de la muerte del paciente.
*      La Distanasia: es el prolongamiento artificial de la vida de un paciente en estado terminal, pues se considera como prioritario recuperar la salud del paciente a toda costa, con todos los medios posibles. A veces estos métodos son desproporcionados, sin tener en cuenta el bienestar y comodidad del paciente y por eso, se conoce esta práctica como obstinación terapéutica, refiriéndose a la apatía de los médicos ante el sufrimiento del paciente.  

*      La Eufenesia: Es la aplicación al ser humano de cualquier fármaco para curar enfermedades de origen genético.

CRITERIO PARA LA TOMA DE DECISIONES

*      Santidad de la vida: Preservación del principio de santidad de la vida humana guiará al personal a tratar de cualquier forma y a cualquier precio, ya que el principio sobre el cual las enfermeras han sido educadas es el código moral que cree en respeto hacia la vida humana. La preservación de la vida es un mandamiento moral absoluto y por lo cual, según Kant, la enfermera debe forzar al paciente hacer tratado. Tradicionalmente el principio de santidad de la vida apoya la idea que la vida debe ser prolongada a todo costo
*      Promoción de la Salud: es el proceso que permite a las personas incrementar el control sobre su salud para mejorarla[ y que se dedica a estudiar las formas de favorecer una mejor salud en la población. La definición dada en la histórica Carta de Ottawa de 1986 es que la promoción de la salud "consiste en proporcionar a la gente los medios necesarios para mejorar la salud y ejercer un mayor control sobre la misma"
*      Tomar decisiones bajo Dolor y Estrés: Es la respuesta del cuerpo a condiciones externa que perturba el equilibrio emocional de las personas y lo pueden llevar en algún momento a tomar decisiones erróneas o erradas hacerca de su propia vida.
*      Dignidad de la persona: es el respeto básico elementar hacia otra persona sin importar su idea o su situación, es un derecho que posee todos los humanos.

MISTICA en el ejercicio de la enfermeria

Esta profesión inminentemente humanista es decir, que se preocupa del hombre del punto de vista holístico integral que cumple con alguna característica que se aprecia claramente y otras no tanto, siendo inminentemente una profesión de servicio a la comunidad, de carácter colectivo que posee un conocimiento adecuado para la ejerción de éste.
El rol profesión de la enfermera es el conjunto de comportamiento, habilidades, actitudes y valores que la sociedad espera de estas profesionales, centrándose en el cuidado de las vidas humanas a través de todas las etapas de la vida del individuo, sin dejar de lado la atención a la comunidad y familia, este rol se caracteriza por: Ser Humanitario, Tener Empatía, Principios Éticos y Espiritualidad.
*      Ser Humanitario: Se aplica a la persona que siente afecto, comprensión o compasión hacia los demás, lo que le lleva a actuar con bondad y solidaridad hacia ellos. Que se dedica a prestar auxilio y ayuda a personas necesitadas.
*       Empatía: Es la capacidad cognitiva de percibir, en un contexto común, lo que otro individuo puede sentir. También es descrita como un sentimiento de participación afectiva de una persona en la realidad que afecta a otra. En pocas palabras y siendo coloquiales es “colocarse en los zapatos de otra persona”.
*      Principios Éticos: Los principios son reglas o normas que orientan la acción de un ser humano. Se trata de normas de carácter general, máximamente universales, como, por ejemplo: amar al prójimo, no mentir, respetar la vida, etc. y en el caso de enfermería son: No maleficencia, Beneficencia, Autonomía, Justicia, Privacidad, Honradez; Puntualidad, Transculturidad.
*      Espiritualidad: El concepto de espiritualidad se referiere al vínculo entre el ser humano y Dios o una divinidad. La religión suele ser el nexo que permite desarrollar esta relación. Puede decirse que los sacerdotes, los pastores y diversos gurúes, por lo tanto, hablan de espiritualidad cuando tratan asuntos religiosos.



SECRETO PROFESIONAL

Según Larousse Diccionario (2001).

  Se entiende como secreto profesional aquello que se mantiene oculto a los demás y surge del ejercicio de la profesión, es decir, en el caso de las profesiones sanitarias, de la comunicación privilegiada profesional de salud-paciente, por lo que constituye una obligación moral para el profesional de salud guardar en secreto las confidencias conocidas en el ejercicio de la profesión.


Es la confidencialidad de alguna información que se le proporciona a alguna persona esperando su discreción, en pocas palabras,  es algo oculto, escondido y separado del conocimiento de los demás  que el profesional de salud  o de enfermería debe salvaguardar para la protección, amparo y honor del usuario. Este secreto profesional se encuentra sustentado legalmente en el Código Deontológico de Enfermeras de Venezuela  en su Título III Capítulo VI y en La Ley Del Ejercicio Profesional de la Enfermería Capitulo V Del Secreto Profesional.

EXISTEN TRES CLASES DE SECRETOS

*      El secreto natural: Es independiente de todo contrato, se extiende a todo lo que, ya sea descubierto por casualidad, por investigación personal o por confidencia, y no puede divulgarse. Aunque el depositario del secreto no haya prometido guardar secreto, ni antes ni después de habérsele manifestado el hecho o de haberlo descubierto, está obligado a callar, en virtud del precepto moral que prohíbe perjudicar a los demás sin motivo razonable.

*      El secreto prometido: Nace de un contrato, de la promesa de guardar silencio después de haber conocido el hecho, ya sea por casualidad, por investigación personal o por confidencia espontánea o provocada. Un mismo secreto puede ser a la vez natural y prometido. Será natural cuando la cosa de suyo requiera sigilo, pero si además va acompañado de una promesa, también será prometido.

*      El secreto confiado: También dimana de una promesa explícita o tácita hecha antes de recibir la confidencia de lo que se oculta. Se le comunica que previamente ha prometido, expresa tácitamente por la razón de su oficio o al menos de las circunstancias, guardar silencio, y le es participado lo que se mantenía oculto, añadiendo que se le revela confiado en su promesa bajo el sello del secreto. El secreto pasa entonces a ser estrictamente confidencial o profesional; confidencial, cuando la confidencia se ha hecho a un hombre que está obligado por razón de su oficio a prestar ayuda o a dar consejo. Profesional cuando se ha confiado, ya de palabra, ya en sus acciones, a un hombre a quien su profesión obliga a asistir a los demás con sus consejos o cuidados, por ejemplo: abogado, contador, médico, sacerdote, consejeros de oficio.

¿Que implica saber un secreto profesional de enfermería?
1.    Todo aquello que llegare a conocimiento profesional de enfermería no podrá darse a conocer, el secreto es inviolable. Sin embargo no hay violación cuando incurra en los siguientes casos:
*      Cuando la revelación se hace por mandato de la ley.
*      Cuando la persona autoriza al o la profesional de la enfermería para que la revele.
*      Cuando él o la profesional de la enfermería hace la denuncia de los casos de enfermedades de obligatoria notificación de que tenga conocimiento, ante las autoridades competentes.
*      Cuando se trate de salvar la vida de una persona.
*      Cuando, en el desarrollo de un proceso judicial, se trate de impedir la condena de un inocente.
2.    El Secreto profesional es inseparable al ejercicio de enfermería.
3.    El secreto debe guardarse por el o la profesional de enfermería aun después de la muerte del enfermo, a menos que este antes de morir haya autorizado el  mismo para que lo realizara.
4.    El profesional de enfermería velara por la confidencialidad de la historia clínica impidiendo ser leída por el usuario, familia  o persona ajena de salud.
5.    El profesional de enfermería no revelará ningún diagnóstico médico aunque este presionada por familiares u amigos del usuario.
El desempeño de los profesionales de enfermería implica un acto grado de responsabilidad, que debe realizarse de forma competente y segura, debido a que la enfermera es responsable de sus actos, en caso de producirse un daño de forma innecesaria porque la profesión es autónoma.

RESPONSABILIDAD LEGAL EN EL EJERCICIO DE ENFEMERÍA
Consiste en la obligación que tienen los profesionales de enfermería de responder por las acciones u omisiones que dentro de la práctica de enfermería, ocasionen un daño al enfermo a su vida o a su salud; a los bienes de la Institución; o bien incumplan con las funciones inherentes al cargo que desempeñan derivadas de la relación laboral, por haber actuado con negligencia, imprudencia, impericia, inobservancia de los Reglamentos,  u omisión.
En el tema se trata lo referente a las normas Constitucionales y Legales que tienen aplicación en la práctica de Enfermería, así como también la importancia que tiene la Convención de los Derechos Humanos y su aplicación en el ejercicio de Enfermería. Por tal motivo se desarrollan las figuras jurídicas o supuestos  de hecho que no son más que las actuaciones u omisiones realizadas por los profesionales de enfermería que producen un daño a la vida o salud del enfermo o usuario, contra viniendo la diligencia, la prudencia y la pericia que se debe tener al ejercer la profesión.


FIGURAS JURÍDICAS  APLICABLES   A LA PRÁCTICA  ENFERMERÍA
Las Figuras Jurídicas se consideran como los supuestos legales dentro de los cuales, pueden en marcarse aquellas actuaciones profesionales que al ser contrarias a la Ley, han producido un daño a una persona, a los bienes de la institución, a su nombre y también, cuando existe un mal desempeño  profesional en los deberes que deben cumplir las enfermeras (os) de acuerdo al cargo que nominalmente  desempeñan.

*             Negligencia: Consiste en dejar de hacer lo que es un deber dentro de la práctica de enfermería. Ejemplo: Incumplimiento de ordenes médicas , error en la administración de medicamentos, acciones de enfermería que ocasione perjuicios al enfermo, delegación al personal auxiliar de enfermería en la administración de medicamentos y sustancias como psicotrópicas, incumplimiento de las medidas de seguridad que traigan como consecuencias caídas, quemaduras y cualquier tipo de lesión que produzca en el paciente incapacidad o la muerte, delegar en los estudiantes de enfermería actividades que son competencias del profesional de enfermería o sin la debida vigilancia de éstos y sin la presencia del docente.

*             Imprudencia: Consiste en la realización de una actuación que excede la competencia de enfermería, basada en la confianza de práctica profesional relacionada con el enfermo.  General mente la Imprudencia se fundamenta en exceso de confianza de la enfermera (o) derivado a la rutina en el desempeño laboral.

*             Impericia: Consiste en no aplicar los conocimientos teóricos y prácticos a las actuaciones realizadas dentro de la práctica de enfermería. La impericia adquiere mayor relevancia por el desconocimiento de principios teóricos y prácticas que pueden ocasionar un daño o perjuicio  grave (incapacidad parcial o permanente, pérdida de un miembro y hasta la muerte) al usuario.

*             Inobservancia de los Reglamentos, Ordenes o Instrucciones: Consiste en la ignorancia o desconocimiento de normas que rigen una determinada conducta dentro de la práctica de enfermería. a  la institución, o que se incurra en  incumplimiento de los deberes de la relación laboral,  o se produzca un daño al paciente. Ejemplo: Las enfermeras (os) quirúrgicas ignoran la existencia de un Reglamento del MPPPS que rige las actividades  del área quirúrgica y de cada uno de los miembros que integra el equipo quirúrgico. En caso de llegar a producir un daño al usuario, el citado Reglamento servirá de base para establecer la  responsabilidad de los presentes en la intervención sin que pueda alegar en su defensa que, su inobservancia se debió al desconocimiento del mismo.

*             Omisión: Consiste en no realizar una actuación oportuna en caso de emergencia para evitar u daño mayor, por no ser competencia de la práctica de enfermería.  En la práctica de enfermería es muy complejo determinar jurídicamente la existencia de una conducta omisiva, si el profesional de enfermería realiza un acto que exceda de su competencia y se produce un daño podría incurrir en una conducta imprudente, pero si omite realizar el procedimiento y esa conducta omisiva desencadena una lesión o la muerte al enfermo, podría ser acusado por omisión.

SANCIONES
Se denomina sanción a la consecuencia o efecto de una conducta que constituye a la infracción de una norma jurídica. Dependiendo del tipo de norma incumplida o violada, puede haber sanciones penales o penas; sanciones disciplinarias y sanciones administrativas.
Sanción Disciplinaria:
Según la Ley del Ejercicio Profesional de La enfermería en su Capítulo VIII de las sanciones articulo 28 refleja que las sanciones disciplinarias son penadas de las siguientes formas:
1. Amonestación escrita.
2. Exclusión o privación de honores, derechos y privilegios de carácter gremial o profesional.

Son competentes para la aplicación de las sanciones disciplinarias, los Tribunales Disciplinarios de los Colegios de Profesionales de la Enfermería, y de la Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería, de acuerdo con las disposiciones previstas en esta Ley y en su Reglamento. (Ley del Ejercicio Profesional de La enfermería en su Capítulo VIII de las sanciones Art. 31)

Sanción Administrativa:
Según la Ley del Ejercicio Profesional de La enfermería en su Capítulo VIII de las sanciones articulo 29 refleja que las sanciones administrativas son penadas de las siguientes formas:
1. Multa de diez unidades tributarias (10 U.T.) a cincuenta unidades tributarias (50 U.T.).
2. Suspensión del ejercicio profesional de la enfermería hasta por dos años.

Son competentes para la aplicación de las sanciones administrativas, el Ministro con competencia en materia de salud, o el funcionario a quien éste autorice expresamente mediante resolución especial. (Ley del Ejercicio Profesional de La enfermería en su Capítulo VIII de las sanciones Art. 32)

En otro aspecto: Las sanciones disciplinarias y las administrativas se aplicarán sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que haya lugar, como consecuencia de la acción, omisión, impericia, imprudencia o negligencia en el ejercicio profesional. (Ley del Ejercicio Profesional de La enfermería en su Capítulo VIII de las sanciones Art. 30).

Las Sanciones Penales:

*      Perdida de la Libertad.
*      Suspensión del Cargo.
La aplicación de alguna de estas sanciones penales estará a cargo de un Organismo de Justicia del Estado y se dictará la sentencia necesaria rigiéndose del Código Penal Venezolano.

La Ley del Ejercicio Profesional de La enfermería en su Capítulo VIII de las sanciones Articulo 33 expresa: “El Colegio de Profesionales de la Enfermería al tener conocimiento sobre infracciones de las disposiciones contenidas en esta Ley, así como de las normas de ética profesional, lo remitirá al Tribunal Disciplinario respectivo, el cual procederá a la apertura de una investigación a los efectos de establecer la responsabilidad del caso. Cuando el resultado de la investigación concluya con la existencia de indicios de responsabilidad penal, el Tribunal Disciplinario deberá remitir el expediente correspondiente a las autoridades competentes. En todo caso, el procedimiento a seguir deberá quedar claramente establecido en el Reglamento de esta Ley, aprobado por la Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de Venezuela”.

Artículo 34.- A los reincidentes podrá imponérseles hasta el doble de la sanción prevista en el artículo 29 de esta Ley.

¿Quiénes También pueden ser Sancionados?
*      Quienes ejerzan ilegalmente la profesión de enfermería sin cumplir los requisitos establecidos en la ley.
*       Los o las profesionales de la enfermería que incurran en infracciones al Código de Ética, al honor, a la verdad o a la disciplina profesional.
*      Los o Las profesionales que se nieguen a cancelar la multa prevista en el artículo 29 de la Ley del ejercicio Profesional De La Enfermería.
*      Quienes se anuncien como profesionales de la enfermería o se atribuya ese carácter sin serlo.


CONCLUSIÓN

En conclusión, es de gran importancia como profesionales de la salud saber los dilemas éticos a los cuales podemos estar expuestos cada día de nuestra labor como miembros participantes en la recuperación de los usuarios. Debemos saber cómo manejar estas situaciones de la manera más apropiada y entender como sobrellevarlas. Los enfermeros debemos siempre aumentar nuestra empatía con los usuarios pero respetando los límites necesarios, evitando así el exceso de confianza usuario-profesional.
Tenemos que comprometernos a instruirnos en cuales son y no son las competencias de nuestra labor, porque podemos afectar la vida de un paciente y la nuestra propia. Analizar y leer las leyes que nos rigen como La Ley del Ejercicio Profesional de La Enfermería, El código Deontológico de Enfermeras y también El Código Penal Venezolano que nos demuestran que tipos de sanciones existen y cuales serian las supuestos legales por el cual nos juzguen (negligencia, imprudencia, impericia, inobservancia u omisión) que son prácticas contrarias y son severamente castigadas por la ley.
  

BIBLIOGRAFIA
Fernández, M.; López, L. y Méndez, L. Manual de Enfermería (ed. 2008).  Madrid- Barcelona.
Comité Ejecutivo de la Federación de Colegios de Enfermeras de Venezuela. Código Deontológico de Enfermeras de Venezuela (ed. 2006) Venezuela- Caracas.
Ley del Ejercicio Profesional de la Enfermería. (2005) Venezuela- Caracas.
Revista de Enfermería. (2007). [Pagina web en línea]. Disponible en: http://www.encolombia.com/medicina/enfermeria/REVISTA10_2_2007/Dilemas_y_Toma_decisiones.htm. Consultado: Enero 2014.
Definición.de  (2008). [Pagina web en línea]. Disponible en: http://definicion.de/eutanasia/. Consultado: Enero 2014.
Wikipedia (2013). [Pagina web en línea]. Disponible en:  http://es.wikipedia.org/wiki/Ortotanasia. Consultado: Enero 2014.
Tanatopedia (2013). [Pagina web en línea]. Disponible en:  http://es.tanatopedia.net/index.php/Distanasia. Consultado: Enero 2014.
El Rincón del Vago. [Pagina web en línea]. Disponible en: http://html.rincondelvago.com/enfermeria-profesional.html. Consultado: Enero 2014.
Blogger (2013). [Pagina web en línea]. Disponible en: http://yolandacoraspe.blogspot.com/2013/02/responsabilidad-legal-en-el-ejercicio.html. Consultado Enero 2014.


Wikipedia (2013) [Pagina web en línea]. Disponible en: http://es.wikipedia.org/wiki/Sanci%C3%B3n_(Derecho). Consultado: Enero 2014. 

12 comentarios:

  1. Saludos aquí les dejo el trabajo de mi grupo! Andreína Pacheco ♥

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    1. hola soy leidi ruiz gracias estuvo muy interesante ese tema y la dinámica que emplearon tambien

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  2. Ana Duran. Me encanto este aprendizaje ya q me ayudara en mi ambito profesional.

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  3. Javier torrealba prefesora megusto trabajar con usted y le doy gracias por ser como es toda una estrella

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  4. Rosbeily arraiz exelente exposicion quedo muy bien nuestra dinamica,y gracias a la licda estrella x su grandiosa valor besos!!

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  5. Me gusto el trabajo muy buena exposicion exelente muchachos exito en su carrera. Marisel lira

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  6. Lady Angarita. Me encanto el trabajo y sobre todo la exposicion Dios bendiga a la profe x tatntoo aprendizaje

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  7. Yoconi Solis. Me parecio excelente trabajo, en compañia de mis otras compañeras de equipo

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  8. Marisela Pacheco, me parecio muy buena idea y seguir adelante con los erstudios

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  9. Excelente dinamica de grupo, gracias a la tutora por todas las recomendaciones para la elaboracion de la exposicion

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  10. Soy yubeisy exelente tema me gusto mucho la dinamica

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  11. Muy buena la expocision y buens la dinamica.

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